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Beneficio de Maternidad en Pólizas Internacionales

 

En este 2020 tenemos el propósito de capacitar de mejor manera a nuestros Agentes PGS, para que presten un servicio de calidad a todos los clientes asegurados. Por eso, desarrollamos este glosario de términos referido al beneficio de Maternidad en las pólizas internacionales, para conocimiento de todos.

Términos que son empleados, cotidianamente, en el ejercicio de la profesión como Agente de Seguros, a nivel global.

 

Glosario de Términos

Células Madres:

Son Células Madres Adultas (células hematopoyéticas) que se obtienen de la sangre del cordón umbilical en el momento del parto y se almacenan mediante crio-preservación.

Complicaciones de Maternidad:

Patología o tratamiento de una situación adversa imputable al embarazo o al alumbramiento, entre otras: nefritis aguda, nefrosis, descompensación cardíaca y toxemia gravídica, embarazo ectópico, diabetes gestacional, aborto que requiere de intervención médica para ser completado debido a que el feto ha muerto, terminación espontánea del embarazo ocurrido en un período de gestación en el cual no es posible el nacimiento de un ser humano apto para continuar con vida.

No será considerada como Complicación de Maternidad: la cesárea electiva o una cesárea después de haber tenido una cesárea, manchas de flujo vaginal sanguinolento o reposos prescritos por el Médico durante el período de gestación por la sintomatología propia y tradicional del embarazo, servicio o tratamiento de una enfermedad crónica no relacionada al embarazo, aun cuando durante el periodo de gestación requiera un tratamiento específico, complicaciones de embarazos que son productos de tratamientos de fertilidad y complicaciones de embarazos cuando el parto no está cubierto por La Póliza.

Complicaciones del Nacimiento:

Cualquier trastorno de un recién nacido relacionado con el nacimiento (no debido a factores genéticos o hereditarios), que se manifiesta durante los primeros treinta (30) días de vida, incluyendo pero no limitado a hiperbilirrubinemia (ictericia), hipoxia cerebral, hipoglicemia, prematuridad, déficit respiratorio, o traumatismos durante el parto.

Condición Congénita:

Cualquier condición, trastorno orgánico, malformación, embriopatía, persistencia de tejido o estructura embrionaria o fetal, que haya sido adquirido durante el desarrollo del feto en el útero o durante el nacimiento, y no por herencia, independientemente de que sea evidente antes del nacimiento, al momento del nacimiento o se manifieste posteriormente.

Condiciones Hereditarias:

Son aquellas enfermedades genéticas cuya característica principal es su supervivencia de generación en generación, transmitiéndose de padres a hijos y así sucesivamente.

Chequeo Médico de Rutina a menor de edad:

Reconocimiento Médico de rutina que se proporciona periódicamente a un niño saludable. Cada control pediátrico incluye un examen físico completo. El Médico verifica el crecimiento y desarrollo del bebé o del niño con el fin de encontrar o prevenir problemas.

Fertilidad Asistida:

Tratamientos médicos o quirúrgicos y/o procedimientos cuyo protocolo o técnica ha sido desarrollada para solucionar la patología de la pareja estéril o infértil. Estos tratamientos pueden ser pero no limitados a: Inseminación artificial, Fertilización in vitro (FIV), tratamiento con medicamentos para estimular la fertilidad masculina o femenina, inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI),

Maternidad Cubierta:

Aquella para la cual La Póliza proporciona beneficios de embarazo y que la fecha del parto sucede por lo menos diez (10) meses calendario después de la Fecha de Vigencia de la cobertura. Este período de espera de diez (10) meses calendario será aplicado independientemente de si el período de carencia bajo esta póliza ha sido exonerado

Período de Carencia:

Período de treinta (30) días a partir de la Fecha de Inicio de Cobertura del Asegurado, durante el cual solamente estarán cubiertas las Enfermedades o Lesiones causadas por un Accidente ocurrido durante este período o las Enfermedades de origen infeccioso que se manifiesten por primera vez durante este período. Cualquier Enfermedad o Lesión, no causada por un Accidente o una Enfermedad de origen infeccioso que se presente durante este período, quedará excluida permanentemente.

Período de Espera:

El plazo durante el cual la Aseguradora no cubre ciertos beneficios de la Póliza sujetos a este período.

Asegurado Dependiente:

Hijos naturales, hijastros o niños nacidos o legalmente adoptados por el titular, o los niños o nietos de quienes el titular de la póliza ha sido legalmente nombrado guardián.

 

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